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¿Cuál es la Elegibilidad para el Ajuste de Estatus Basado en Matrimonio?

 

Si está casado(a) con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal y ya se encuentra legalmente presente en los Estados Unidos, el Ajuste de Estatus (AOS) puede permitirle solicitar una Tarjeta Verde sin salir del país. El Ajuste de Estatus es el proceso de convertirse en residente permanente legal mientras permanece en los EE. UU., mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, conforme a lo establecido en la INA § 245(a) y el 8 C.F.R. § 245.1.

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La elegibilidad para el Ajuste de Estatus basado en matrimonio no depende de la nacionalidad. Los ciudadanos de cualquier país pueden calificar si cumplen con los requisitos legales, incluyendo tener una relación calificada con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, ser elegible para ajustar su estatus, y ser admisible en los Estados Unidos. Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres) generalmente tienen visas de inmigrante disponibles de inmediato, mientras que los cónyuges de residentes permanentes legales deben esperar hasta que un número de visa esté disponible según el Boletín de Visas del Departamento de Estado.

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El matrimonio por sí solo no califica automáticamente a una persona para una Tarjeta Verde. El solicitante debe demostrar que el matrimonio es legalmente válido, que se contrajo de buena fe (no únicamente para obtener beneficios migratorios), y que es, además, admisible en los Estados Unidos. La mayoría de los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden presentar el Formulario I-130 y el Formulario I-485 de manera simultánea si son elegibles, mientras que los cónyuges de residentes permanentes legales generalmente deben esperar hasta que su fecha de prioridad esté vigente. Los solicitantes elegibles también pueden solicitar autorización de empleo (Formulario I-765) y permiso de viaje anticipado (Formulario I-131) mientras la solicitud de ajuste está pendiente.

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Existen varias alternativas disponibles si usted no es elegible para el Ajuste de Estatus, dependiendo de sus circunstancias. Si se encuentra fuera de los Estados Unidos o no puede ajustar su estatus, podría calificar para el procesamiento consular a través de una embajada o consulado de EE. UU. después de que se apruebe una petición de inmigrante. Otras personas podrían calificar para una visa de prometido(a) K-1 antes del matrimonio, tramitar una exención de inadmisibilidad si está disponible, o explorar otras opciones de inmigración familiar o basada en empleo. La mejor vía depende de su historial migratorio y las circunstancias individuales de cada caso, por lo que contar con asesoría legal es especialmente importante antes de presentar la solicitud.

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Los solicitantes también deben estar preparados para proporcionar evidencia sustancial de un matrimonio de buena fe, tales como registros financieros conjuntos, documentos de residencia compartida, pólizas de seguro, declaraciones de impuestos, fotografías y otras pruebas que demuestren una relación matrimonial genuina. Si la residencia permanente se otorga antes del segundo aniversario de bodas, el solicitante generalmente recibe la residencia permanente condicional y posteriormente debe presentar el Formulario I-751 para eliminar las condiciones.

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Aviso legal: Este contenido se comparte únicamente con fines educativos generales y no constituye asesoría legal. Ver o interactuar con este contenido no crea una relación abogado-cliente. Las situaciones migratorias varían de un caso a otro. Para asesoría legal específica a su situación, consulte con un abogado de inmigración con licencia.

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